Nicaragua Vigilará Transacciones Virtuales a Partir de los 1.000 Dólares
El Estado de Nicaragua anunció que desde ahora vigilará las transacciones virtuales de los nicaragüenses a partir de los 1.000 dólares, con el fin de evitar el lavado de dinero, según una resolución de la Unidad de Análisis Financiero (UAF) publicada en el Diario Oficial La Gaceta.
Todas las transferencias y pagos a partir de 1.000 dólares, a través de plataformas virtuales y que sean consideradas “inusuales” o “sospechosas”, serán reportadas al Banco Central de Nicaragua.
La normativa busca controlar todas las transacciones de activos que se realicen de manera virtual, y que incluyen no solo a los contratos inteligentes (Smart Contrat), las criptomonedas, transferencias de activos, sino también cualquier transacción que se realice con los monederos virtuales o “wallets”, monederos oscuros y los monederos sin custodias, según la resolución.
Los proveedores de servicios de activo estarán obligados a revisar y monitorear los IP de internet que se usen cuando se realicen las transferencias bancarias, así como identificar las personas que realizan la transferencia y a las personas beneficiarias que la reciben.
La UAF argumentó que esa medida es con el fin de identificar las “operaciones inusuales” y “sospechosas” que se realicen tanto en Nicaragua como desde el extranjero, como parte de los controles de la Ley que regula el lavado de dinero.
Se establecen señales de alerta para detectar operaciones ilícitas, como hechos, conductas, comportamientos transaccionales, situaciones especiales y referencias.
Los proveedores de servicios virtuales estarán obligados a cancelar cualquier contrato que suscriban con cualquier entidad o persona cuando tengan sospechas fundadas de que se tratan de transacciones ilícitas. De no cumplir con la normativa, su licencias de operaciones serán canceladas.
El Banco Central de Nicaragua será la autoridad facultada por la Ley para regular desde el punto de vista prudencial a los proveedores de servicios de activos virtuales, y la UAF será la autoridad facultada para regular, supervisar, sancionar y asegurar el cumplimiento eficaz de los estándares internacionales referidos al combate en contra del lavado de activos.